Cobertura gastos de farmacia seguro médico Caser

Hoy vamos a  hablar de la cobertura de gastos de farmacia seguro médico Caser, ya que esta es una cobertura que no todos los seguros médicos nos ofrecen, por lo  que es interesante conocer más sobre la misma.

Condiciones de la cobertura de Farmacia Caser:

Comprende el reembolso del importe de aquellos medicamentos adquiridos en España,
prescritos por un profesional del Cuadro Médico de Caser para el tratamiento de patologías
sufridas por el asegurado objeto de cobertura de est
a póliza y que se encuentren recogidos en
el Nomenclátor Oficial de Especialidades Médicas financiadas por la seguridad social.
Se reembolsará el 50% del importe de las facturas de dichos medicamentos y hasta un
máximo de 100€/asegurado/año. Para ello será necesario que el Asegurado aporte tanto el
justificante de compra como la prescripción del facultativo en originales junto a la
solicitud de
reembolso.
El importe mínimo a reembolsar (transacción mínima) de la factura o conjunto de facturas
aportadas en una misma solicitud será por valor de 10€, que se realizará en la cuenta que el
Tomador haya designado para el pago de la prima.
Tramitación a realizar para el reembolso de gastos
:
Para obtener el reembolso de gastos sanitarios, el Tomador del seguro o en su caso, el
Asegurado deberá presentar al Asegurador la documentación siguiente:
a) Impreso de solicitud de reembolso de gastos,
según modelo del Asegurador,
debidamente cumplimentado y firmado por el Asegurado.
b) Originales de las facturas
que acrediten haber satisfecho su importe a los
establecimientos (oficina de farmacia)
d)
Prescripciones médicas originales.
Será imprescindi
ble para el reembolso de los gastos sanitarios producidos que los
documentos identifiquen por su nombre y apellidos al paciente receptor de la
asistencia.
Con independencia de todo ello,
el Asegurado se obliga a prestar al Asegurador toda
la colaboración q
ue éste le solicite para completar su información sobre el
siniestro y sus consecuencias.
Liquidación y Pago
:
Una vez recibida toda la documentación requerida y efectuadas las comprobaciones y cálculos
oportunos para establecer el importe a indemnizar, el
Asegurador dispondrá de un plazo de
15 días laborables
para reembolsar o consignar dicho importe, según las circunstancias

conocidas.

Eso sí, tenemos que tener claro que para poder disfrutar de estas coberturas, tendremos que haberlas contratado previamente.

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